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Capítulo 10: Los convenios, las ordenanzas y los templos en el Plan de Salvación


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Los convenios, las ordenanzas y los templos en el Plan de Salvación

Introducción

El presidente Boyd K. Packer, del Quórum de los Doce Apóstoles, enseñó acerca de la importancia de los convenios y las ordenanzas:

“La vida para todos es un viaje de regreso al hogar, de regreso a la presencia de Dios en Su reino celestial.

“Las ordenanzas y los convenios constituyen nuestra credencial para entrar en la presencia de Dios. El recibirlos dignamente es la meta principal de la vida; y cumplir con ellos es el objetivo de esta vida. (“Estar bajo el convenio”, Liahona, julio de 1987, pág. 22).

El élder Russell M. Nelson, del Quórum de los Doce Apóstoles, habló sobre la importancia de los templos y las ordenanzas del templo: “Un templo es literalmente la casa del Señor, reservado para efectuar ordenanzas de significado eterno. Esas ordenanzas comprenden bautismos, casamientos, investiduras y sellamientos…

“Las ordenanzas del templo son absolutamente cruciales. No podemos regresar a la gloria de Dios sin ellas” (“Prepare for Blessings of the Temple”, Ensign, marzo de 2002, págs. 17–18).

Este capítulo contiene una descripción general de las ordenanzas de salvación y los convenios relacionados con ellas. Les ayudará a entender mejor la importancia que estas ordenanzas y convenios tienen para ustedes y para los integrantes de su familia. Se espera que estas enseñanzas refuercen su deseo de hacer y guardar sus convenios con Dios y les motiven aún más a llevar a cabo estas ordenanzas a favor de familiares fallecidos.

Comentario

Un convenio es un acuerdo solemne entre Dios y el hombre de acuerdo con las condiciones de Dios [10.1]

Un convenio es un acuerdo solemne. [10.1.1]

“Un convenio es un acuerdo sagrado entre Dios y una persona o un grupo de personas. Dios fija condiciones específicas y promete bendecirnos si obedecemos esas condiciones. Cuando decidimos no guardar los convenios, no podemos recibir las bendiciones y, en algunos casos, sufrimos un castigo como consecuencia de nuestra desobediencia.

“Todas las ordenanzas salvadoras del sacerdocio van acompañadas de convenios” (“Convenio”, Leales a la Fe: Una Referencia del Evangelio, 2004, pág. 49).

Dios determina nuestros convenios con Él. [10.1.2]

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Élder Dennis B. Neuenschwander

El élder Dennis B. Neuenschwander, miembro emérito de los Setenta, enseñó que Dios es quien inicia los convenios de salvación y estos cobran validez por medio de Su autoridad:

“Sólo Dios nos ofrece o extiende convenios eternos. Él es el autor de todos esos convenios, y el único que tiene la autoridad y el poder para garantizar su validez más allá de la tumba.

“‘Y todas las cosas que hay en el mundo, ya sean prescritas por los hombres, por tronos, o principados, o poderes, o cosas de renombre, cualesquiera que fueren, y que no sean de mí ni por mi palabra, serán derribadas, dice el Señor, y no permanecerán después que los hombres mueran, ni tampoco en la resurrección, ni después, dice el Señor tu Dios’ (D. y C. 132:13).

Nosotros no podemos iniciar tales convenios porque no poseemos el poder para garantizarlos. En consecuencia, sólo podemos concertar convenios que Dios nos ofrezca, y únicamente lo hacemos de la manera que Él prescribe” (“Ordenanzas y convenios, Liahona, noviembre de 2001, pág. 21).

El mantener nuestros convenios es la prueba crucial de la vida. [10.1.3]

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Presidente Henry B. Eyring

El presidente Henry B. Eyring, de la Primera Presidencia, explicó la naturaleza crucial de nuestros convenios con Dios: “Los Santos de los Últimos Días son un pueblo que hace convenios. Desde el momento del bautismo hasta los acontecimientos espirituales más importantes de nuestra vida hacemos promesas con Dios y Él hace promesas con nosotros. Él siempre cumple las promesas que hace por medio de Sus siervos autorizados, pero la prueba crucial de nuestra vida es ver si nosotros haremos convenios con Él y los cumpliremos” (“Testigos de Dios”, Liahona, enero de 1997, pág. 33).

Los convenios y las ordenanzas de salvación son necesarios para la exaltación en el reino celestial [10.2]

Las ordenanzas y los convenios nos ayudan a regresar a Dios. [10.2.1]

“En la Iglesia, una ordenanza es un acto sagrado y formal realizado por la autoridad del sacerdocio. Algunas ordenanzas son esenciales para nuestra exaltación; éstas se llaman ordenanzas de salvación y comprenden el bautismo, la confirmación, la ordenación al Sacerdocio de Melquisedec (para los varones), la investidura del templo y el sellamiento del matrimonio. En cada una de esas ordenanzas, hacemos convenios solemnes con el Señor…

“Las ordenanzas y los convenios nos ayudan a recordar quiénes somos y nos recuerdan nuestro deber a Dios. El Señor los ha proporcionado para ayudarnos a venir a Él y recibir la vida eterna. Cuando los honramos, Él nos fortalece” (“Ordenanzas”, Leales a la Fe: Una Referencia del Evangelio, 2004, pág. 134).

Las ordenanzas y los convenios son esenciales para la exaltación. [10.2.2]

El presidente Howard W. Hunter (1907–1995) resumió la naturaleza crucial de las ordenanzas y los convenios del templo:

“En las ordenanzas del templo, se establecen los cimientos de la familia eterna. La Iglesia tiene la responsabilidad, y la autoridad, de preservar y proteger a la familia como el cimiento de la sociedad.

“Todas estas ordenanzas del sacerdocio efectuadas en el templo son esenciales para la salvación y la exaltación de los hijos de nuestro Padre Celestial…

“Todos nuestros esfuerzos por proclamar el evangelio, por perfeccionar a los santos y por redimir a los muertos conducen al santo templo. La razón se debe a que las ordenanzas que allí se efectúan son absolutamente imprescindibles, ya que sin ellas no podremos volver a la presencia de Dios” (“Un pueblo deseoso de asistir al templo”, Liahona, mayo de 1995, págs. 4, 7).

Los convenios eternos tienen una ordenanza que les acompaña. [10.2.3]

El élder Dennis B. Neuenschwander enseñó acerca de la importancia de las ordenanzas relacionadas con los convenios de salvación:

“Las sagradas ordenanzas y la autoridad divina para administrarlas no comenzaron con la restauración del Evangelio y la fundación de la Iglesia actual en 1830. Las sagradas ordenanzas del Evangelio, como requisitos para la salvación y la exaltación, fueron instituidas ‘desde antes de la fundación del mundo’ (D. y C. 124:33), y siempre han sido una parte inmutable del Evangelio. El profeta José Smith enseñó: ‘No deben alterarse ni cambiarse las ordenanzas que fueron instituidas en los cielos antes de la fundación del mundo, en el sacerdocio, para la salvación de los hombres. Todos tienen que salvarse de acuerdo con los mismos principios’ (Enseñanzas del Profeta José Smith, compilación de Joseph Fielding Smith, 1982, pág. 169)…

Las sagradas ordenanzas del Evangelio son la puerta a los solemnes convenios con Dios. Difícilmente se pueden comprender las ordenanzas sin los convenios, y viceversa. Mediante las ordenanzas realizamos convenios, y mediante los convenios recibimos las ordenanzas. Aunque pueda haber ordenanzas que no lleven aparejado un convenio —como la bendición y el otorgamiento de nombre a un niño, la bendición de enfermos o las bendiciones de consuelo— no hay un convenio eterno que no esté relacionado con una ordenanza. Nuestro sendero hacia Dios se inicia con las sagradas ordenanzas y está gobernado por las condiciones de los convenios relacionados con esas ordenanzas” (“Ordenanzas y convenios”, Liahona, noviembre de 2001, págs. 19–21).

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Dentro del agua

El bautismo es el convenio fundamental que hacemos con Dios.

El bautismo es nuestro primer convenio con Dios. [10.2.4]

El bautismo es el primer convenio que hacemos con Dios en nuestro camino hacia la exaltación. El élder D. Todd Christofferson, del Quórum de los Doce Apóstoles, explicó:

“Concertamos un convenio mediante las ordenanzas del sacerdocio, que son rituales sagrados que Dios ha ordenado para que manifestemos nuestro compromiso. Por ejemplo, nuestro convenio básico, en el cual afirmamos por primera vez nuestro deseo de tomar sobre nosotros el nombre de Cristo, se confirma mediante la ordenanza del bautismo; éste se lleva a cabo individualmente y por nombre. Por medio de esa ordenanza somos parte del pueblo del convenio del Señor y herederos del reino celestial de Dios.

“Otras ordenanzas sagradas se llevan a cabo en los templos que se construyen precisamente para ese fin. Si somos fieles a los convenios que allí hacemos, llegamos a ser herederos no sólo del reino celestial, sino de la exaltación, la gloria más alta dentro del reino celestial, y obtenemos todas las opciones divinas que Dios pueda dar (véase D. y C. 132:20)” (“El poder de los convenios”, Liahona,mayo de 2009, pág. 20).

En el templo, participamos en ordenanzas sagradas y hacemos convenios esenciales para nuestra Exaltación [10.3]

El propósito principal de los templos es proporcionar las ordenanzas de salvación. [10.3.1]

Aunque los templos cumplen diferentes propósitos en nuestras vidas,el élder Robert D. Hales, del Quórum de los Doce Apóstoles, señaló su propósito principal:

“La oportunidad de entrar en el templo y de tomar sobre nosotros los convenios sagrados que se hacen allí es una de las bendiciones más grandes que tenemos disponibles en la vida terrenal…

“El propósito principal del templo es proporcionar las ordenanzas indispensables para nuestra exaltación en el reino celestial; esas ordenanzas nos guían hacia nuestro Salvador y nos conceden las bendiciones que nos llegan por medio de la expiación de Jesucristo. El templo es la universidad más grandiosa que conoce el hombre para aprender” (“Las bendiciones del templo”, Liahona, octubre de 2009, págs. 12, 14).

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pareja de novios delante del templo

Las ordenanzas son esenciales para los muertos. [10.3.2]

Todas las ordenanzas de salvación, tanto para los vivos como para los muertos, se realizan bajo la debida autoridad del sacerdocio. El bautismo, la confirmación y la ordenación al Sacerdocio de Melquisedec por los vivos se realizan fuera de los templos, por lo general en los edificios del barrio o de la estaca. Todas las ordenanzas de salvación para los muertos se llevan a cabo en los templos. A continuación se presentan resúmenes breves sobre las ordenanzas esenciales que se realizan en los templos hoy en día:

Bautismo y confirmación. Las ordenanzas salvadoras del Evangelio a favor de los muertos comienzan con el bautismo vicario por inmersión y la confirmación como miembro de la Iglesia, para comunicar el don del Espíritu Santo por la imposición de las manos (véase Artículos de Fe 1:4–5). El bautismo y la confirmación por las personas vivas se llevan a cabo fuera del templo (por lo general en una pila bautismal de un centro de estaca o en otro lugar aprobado por la debida autoridad del sacerdocio). Los bautismos por los muertos los llevan a cabo personas vivas que sirven como representantes y se realizan únicamente en pilas bautismales dentro de los templos.

Ordenación al Sacerdocio de Melquisedec. Las ordenaciones al Sacerdocio de Melquisedec para los hombres que han muerto se realizan de manera vicaria dentro de los templos.

Lavamiento y unción. En el Antiguo Testamento se encuentran referencias en cuanto al lavamiento y la unción (véase Éxodo 28:2–3, 41; 29:4–7; 40:12–13; Levítico 8:6). “En el templo, a menudo se hace referencia a las ordenanzas de lavamiento y de la unción como ordenanzas preliminares [iniciatorias], [porque comienzan la investidura]. Para nuestros propósitos baste con decir sólo lo siguiente: Se relacionan con la investidura no sólo los lavamientos y las unciones—los cuales son en su mayor parte de naturaleza simbólica—sino también la promesa de bendiciones definidas e inmediatas así como de bendiciones futuras.

“En relación con estas ordenanzas, en el templo serán oficialmente vestidos con el gárment, junto con lo cual se les prometerán bendiciones maravillosas” (Cómo prepararse para entrar en el santo templo, 2002, págs. 35–36; véase también D. y C. 124:39).

Investidura. Los miembros de la Iglesia por lo general reciben la investidura cuando se están preparando para servir en una misión de tiempo completo o para ser sellados en matrimonio en el templo. La madurez espiritual de las personas es importante para quienes reciben sus investiduras. La investidura es un don de conocimiento y se acompaña con convenios sagrados en los que la persona investida promete vivir de acuerdo con el don del conocimiento que él o ella recibe. Investir también significa prosperar, tal como legar algo de valor a otra persona. “Investir es enriquecer, es dar a otra persona algo duradero y de mucho valor” (Cómo prepararse para entrar en el santo templo, pág. 34).

El presidente Brigham Young (1801–1877) definió la investidura del templo: “Su investidura consiste en recibir, en la casa del Señor, todas las ordenanzas que les son necesarias, después que hayan salido de esta vida, para permitirles volver a la presencia del Padre para que los ángeles que estén allí de centinelas los dejen pasar” (Enseñanzas de los Presidentes de la Iglesia: Brigham Young, 1997, pág. 318).

El élder James E. Talmage (1862–1933), del Quórum de los Doce Apóstoles, dio una visión general de los convenios relacionados con la investidura: “Las ordenanzas de la investidura comprenden ciertas obligaciones por parte del individuo, tales como el convenio y la promesa de observar la ley de absoluta virtud y castidad, ser caritativo, benevolente, tolerante y puro; consagrar su talento y medios a la propagación de la verdad y el ennoblecimiento de la raza humana; mantener su devoción a la causa de la verdad, y procurar en toda forma contribuir a la gran preparación, a fin de que la tierra quede lista para recibir a su Rey, el Señor Jesucristo. Con la aceptación de cada convenio y la asunción de cada obligación, se pronuncia una bendición prometida, basada en la fiel observancia de las condiciones expuestas” (La Casa del Señor, , 1977, pág. 44).

Sellamiento. El poder para sellar a una familia por tiempo y eternidad es la experiencia culminante del templo. El presidente Howard W. Hunter enseñó acerca de los sellamientos en el templo: “Otra ordenanza del templo es el matrimonio celestial, en donde la esposa es sellada a su marido, y éste es sellado a ella por la eternidad. Sabemos con certeza que los matrimonios civiles acaban con la muerte, pero los matrimonios eternos, que se efectúan en el templo, pueden existir para siempre. Los hijos que le nazcan a una pareja después de contraer matrimonio eterno son automáticamente sellados a sus padres por la eternidad. En cambio, si los hijos nacen antes de que la esposa esté sellada a su marido, existe una ordenanza de sellamiento en el templo por medio de la cual esos hijos pueden ser sellados a sus padres por la eternidad. De la misma forma, los hijos pueden ser sellados vicariamente a padres que ya hayan fallecido”, (“Un pueblo deseoso de asistir al templo”, Liahona, mayo de 1995, pág. 4).

Las ordenanzas por los antepasados fallecidos solo pueden llevarse a cabo en los templos

El bautismo por los muertos fue restaurado en los últimos días. [10.4.1]

El profeta José Smith, mientras hablaba en el funeral de Seymour Brunson el 15 de agosto de 1840, presentó la doctrina del bautismo por los muertos. Los miembros de la Iglesia estaban sorprendidos y emocionados. Después de ese evento, los líderes hablaron con frecuencia sobre esta nueva doctrina y los Santos comenzaron a realizar bautismos a favor de sus seres queridos fallecidos en el cercano río Mississippi (véase Joseph Fielding Smith, Essentials in Church History, Classics in Mormon Literature Series, 1979, págs. 252–253; La historia de la Iglesia en el cumplimiento de los tiempos, Manual para el alumno,, 2003, pág. 275).

Durante la conferencia general de la Iglesia de octubre de 1841 en Nauvoo, Illinois, el profeta José Smith declaró que el Señor deseaba que los Santos dejasen de realizar bautismos por los muertos hasta que pudieran llevarse a cabo en Su casa (el Templo de Nauvoo). El 8 de noviembre de 1841, el presidente Brigham Young, presidente del Quórum de los Doce Apóstoles, dedicó la pila bautismal en el sótano del templo aún sin terminar y los miembros de la Iglesia comenzaron a realizar bautismos por los muertos (véase History of the Church, 4:426, 446, 454).

Las secciones 127 y 128 de Doctrina y Convenios 127 contienen más directivas que el profeta José Smith dio sobre el bautismo por los muertos. Desde entonces, todas las ordenanzas de salvación para los muertos se han realizado únicamente en los templos.

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jóvenes en los escalones del templo

Un grupo de jóvenes saliendo del Templo de Accra, Ghana en África Occidental

Tenemos la responsabilidad de efectuar las ordenanzas por los muertos. [10.4.2]

El presidente Ezra Taft Benson (1899–1994) enseñó acerca de nuestra responsabilidad de proporcionar las ordenanzas de exaltación a nuestros antepasados fallecidos:

“Una de las obras que Él ha mandado hacer en estos postreros días es que nosotros, los que hemos recibido las ordenanzas de la exaltación, hagamos la obra de ordenanzas y sellamientos por nuestros antepasados que no tuvieron la oportunidad de recibir el Evangelio mientras se hallaban en su existencia terrenal. Tenemos el privilegio de abrir las puertas de la salvación a las almas que quizás estén cautivas y en tinieblas en el mundo de los espíritus, para que reciban la luz del Evangelio y se les juzgue como a nosotros. Efectivamente, ‘las obras’ que Él hizo —las que proveen las ordenanzas salvadoras del evangelio— también las haremos nosotros. ¿Cuántos miles de nuestros antepasados aguardan todavía esas ordenanzas de sellamiento?

“Sería bueno que nos preguntáramos: ‘¿He hecho todo lo que está a mi alcance en esta vida? ¿Seré el salvador de mis propios antepasados?’

“Recordemos que sin ellos no podemos perfeccionarnos. La exaltación es un asunto familiar” (“Porque yo vivo, vosotros también viviréis”, Liahona, abril de 1994, pág. 7).

A todos los hijos de nuestro Padre Celestial se les ofrecerán las ordenanzas de salvación. [10.4.3]

El presidente Boyd K. Packer explicó que la intención final de la obra por los muertos es brindar el don de la salvación a todas las personas que la acepten:

“En los templos, los miembros de la Iglesia que son dignos participan en las ordenanzas redentoras más exaltadas que se han revelado a la raza humana. Allí, en una ceremonia sagrada, se lava, se unge, se instruye, se inviste y se sella a la persona. Y después de haber recibido estas bendiciones para nosotros, podemos oficiar en nombre de aquellos que han muerto sin tener esa oportunidad. En los templos se llevan a cabo sagradas ordenanzas tanto para los vivos como para los muertos…

“Llegará el día en que toda alma viviente o que haya vivido tendrá la oportunidad de escuchar el Evangelio y de aceptar o rechazar lo que se ofrece en el templo” (“El santo templo”, Liahona, junio de 1992, pág. 11, 14).

Todas las personas tienen el albedrío de aceptar o rechazar las ordenanzas vicarias. [10.4.4]

Algunas personas han expresado preocupación por la práctica de la Iglesia de llevar a cabo bautismos por los que han muerto. Una de las preocupaciones es que sienten que tal práctica podría ir en contra de los deseos de la persona fallecida. El élder D. Todd Christofferson aclaró el respeto de la Iglesia por el albedrío de las personas fallecidas por los cuales efectuamos ordenanzas en los templos: “Algunos han interpretado mal y han supuesto que las almas difuntas ‘son bautizadas en la fe mormona sin el conocimiento de ellas’ o que ‘a personas que una vez pertenecieron a otras fes se les impone la fe mormona como si hubiesen sido mormonas’. Presuponen que de algún modo tenemos poder para forzar a un alma en asuntos de fe. Desde luego, no lo tenemos. Dios dio al hombre el albedrío desde el principio (véase Moisés 7:32; véase también Alma 5:33–36; 42:27). ‘Los muertos que se arrepientan serán redimidos mediante su obediencia a las ordenanzas de la casa de Dios’ (D. y C. 138:58), pero solo si aceptan esas ordenanzas. La Iglesia no los anota en sus listas ni los cuenta en su número de miembros” (“La redención de los muertos y el testimonio de Jesús”, Ensign, noviembre de 2000, pág. 10).

Somos bendecidos mediante la adoración en el templo [10.5]

Prepárense para asistir al templo. [10.5.1]

“Las ordenanzas y ceremonias del templo son sencillas, son bellas, son sagradas. Se mantienen confidenciales para no ponerlas en conocimiento de los que no estén preparados. La curiosidad no prepara a nadie; tampoco el interés profundo es en sí una preparación. El prepararse para las ordenanzas consta de algunos pasos preliminares: la fe, el arrepentimiento, el bautismo, la confirmación, una conducta intachable, y la madurez y dignidad propias del que entre como huésped invitado a la casa del Señor” (Cómo prepararse para entrar en el santo templo, pág. 25).

El templo es un lugar de revelación. [10.5.2]

El élder John A. Widtsoe (1872–1952), del Quórum de los Doce Apóstoles, indicó que los que adoran en el templo fielmente deben contar con recibir revelaciones: “Dios habla Su palabra y comunica Sus revelaciones al hombre y a la mujer que pasan por el templo con los ojos abiertos, que prestan atención a los símbolos y a los convenios, y que realizan un esfuerzo firme y constante por entender todo su significado… Yo creo que la persona que está siempre ocupada… que tiene problemas y preocupaciones… puede encontrar mejor y más rápida solución a sus dificultades en la Casa del Señor que en cualquier otro lugar. Si… realiza la obra del templo por sí [misma] y por sus antepasados, conferirá una gran bendición sobre los que ya han partido y… [ella] la recibirá también; en los momentos más inesperados, dentro o fuera del templo, le vendrá como una revelación con la solución de los problemas que le atormentaban. Éste es el don que recibirán quienes entren en el templo debidamente” (“Temple Worship”, The Utah Genealogical and Historical Magazine, abril de 1921, págs. 63–64).

El Espíritu del Señor se hará presente en nuestra vida. [10.5.3]

El élder Royden G. Derrick (1915–2009), de los Setenta, testificó de las diversas bendiciones que provienen de la adoración en el templo: “Los templos del Señor son un recurso que los miembros fieles deben utilizar para enriquecerse espiritualmente y ennoblecer su vida y la de sus familiares, tanto cercanos como lejanos. Si los miembros de la Iglesia asisten al templo con regularidad, la paz interior calma el alma; el Espíritu del Señor se hace presente en el hogar; el amor y el respeto entre familiares se profundiza; los problemas se definen más claramente; las soluciones son más evidentes; las emociones son más serenas entre las relaciones familiares; los divorcios disminuyen significativamente en la comunidad de la Iglesia; la vida de los que asisten al templo y las personas asociadas con ellos se enriquecen espiritualmente y los niños son más propensos a socializar con buenos amigos, ser más comunicativos con los padres, asistir a seminario e instituto, servir en una misión, ser activos en la Iglesia, tener una mejor comprensión de los principios del Evangelio y reunir los requisitos para tener una relación familiar eterna” (Temples in the Last Days, 1987, pág. 156).

La investidura es una protección para nosotros. [10.5.4]

Los convenios que hacemos con el Señor siempre vienen acompañados de promesas. El presidente Joseph F. Smith reflexionó sobre la promesa de protección del Señor que acompaña a los convenios del templo:

“Si vamos al templo, levantamos nuestras manos y hacemos convenio de que serviremos al Señor y guardaremos sus mandamientos y nos mantendremos sin mancha de este mundo. Si comprendemos lo que estamos haciendo, entonces la investidura será una protección para nosotros durante toda nuestra vida: una protección que no posee el hombre que no va al templo.

“Oí decir a mi padre [el presidente Joseph F. Smith] que en la hora de prueba, en la hora de tentación, él iba a pensar en las promesas y en los convenios que había hecho en la casa del Señor, y que los mismos serían una protección para él…

“Esta protección es para lo que se efectúan estas ceremonias, en parte. Ellas nos salvan ahora, y nos glorifican en el más allá, si es que nosotros las honramos. Sé que esta protección es real pues yo, también, lo he comprendido, así como lo han comprendido miles de otros que han recordado sus obligaciones” (Doctrina de Salvación, tomo 2, pág. 142).

La asistencia al templo nos ayuda a vivir correctamente. [10.5.5]

El presidente Gordon B. Hinckley (1910–2008) enseñó que la adoración en el templo nos ayuda a evitar las adicciones destructivas: “Hagan de su asistencia a la casa del Señor un hábito. No hay mejor manera de asegurarnos de vivir en forma apropiada que asistiendo al templo, que vencerá los males de la pornografía, del abuso de estupefacientes y de la atrofia espiritual; y fortalecerá el matrimonio y las relaciones familiares” (“Comentarios Finales”, Liahona, mayo de 2005, pág. 103).

El llevar a cabo la obra por los muertos brinda bendiciones personales. [10.5.6]

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Mary Ellen Smoot

La hermana Mary Ellen Smoot,ex presidenta general de la Sociedad de Socorro, señaló algunos de los beneficios recíprocos que reciben las personas que asisten al templo para hacer la obra por los muertos: “Vemos hermanas que se regocijan en las bendiciones del templo; hermanas que buscan la forma de hacer convenios y los guardan, que efectúan la obra por sus antepasados y, de paso, encuentran que se alivian sus propias cargas y se fortifica su fortaleza para resistir la tentación; hijas de Dios que entienden su destino divino, captan la visión de su potencial y se concentran en vencer sus debilidades” (“Alégrense, hijas de Sión”, Liahona, enero de 2000, pág. 113–114).

Preguntas para reflexionar

  • ¿A qué conclusiones llegan ustedes al meditar sobre los convenios que han hecho con su Padre Celestial?

  • ¿Qué metas pueden establecerse para aumentar su capacidad de honrar sus convenios?

  • ¿Qué bendiciones han recibido ustedes como resultado de las ordenanzas y los convenios del templo?

Asignaciones sugeridas

  • Escriban tres o cuatro metas para ayudarles en su propia dignidad o asistencia al templo. Colóquelos en el orden de prioridad que mejor se adapte a sus circunstancias.

Recursos adicionales

  • Ezra Taft Benson, “Lo que espero que enseñéis a vuestros hijos acerca del templo”, Liahona, abril/mayo de 1986, págs. 1–6.

  • Cómo prepararse para entrar en el Santo Templo , librito, 2002.

  • D. Todd Christofferson, “El poder de los convenios”, Liahona, mayo de 2009, págs. 19–23.