Seminario
7. Las ordenanzas y los convenios


7. Las ordenanzas y los convenios, Documento de base sobre el Dominio de la doctrina, 2018

7. Las ordenanzas y los convenios

Imagen
El bautismo de una niña

Ordenanzas

7.1. Una ordenanza es un acto sagrado que se efectúa mediante la autoridad del sacerdocio. Dios dispuso cada ordenanza con el fin de enseñar verdades espirituales, con frecuencia mediante simbolismos.

7.2. Algunas ordenanzas son esenciales para la exaltación y se llaman ordenanzas de salvación. Solamente podemos obtener todas las bendiciones que están a nuestro alcance por medio de la expiación de Jesucristo si recibimos las ordenanzas de salvación y guardamos los convenios asociados con ellas. Sin esas ordenanzas de salvación no podemos llegar a ser como nuestro Padre Celestial ni regresar a vivir eternamente en Su presencia (véase D. y C. 84:20–22). Las ordenanzas de salvación se efectúan bajo la dirección de quienes poseen las llaves del sacerdocio.

7.3. La primera ordenanza de salvación del Evangelio es el bautismo por inmersión en agua, efectuado por alguien que tenga la autoridad. El bautismo es necesario para que una persona sea miembro de la Iglesia de Jesucristo y para entrar en el Reino Celestial (véase Juan 3:5).

7.4. Después del bautismo, uno o más poseedores del Sacerdocio de Melquisedec confirman a la persona miembro de la Iglesia y confieren sobre ella el don del Espíritu Santo (véase 3 Nefi 27:20). El don del Espíritu Santo no es lo mismo que la influencia del Espíritu Santo. Antes del bautismo, una persona puede sentir la influencia del Espíritu Santo y recibir un testimonio de la verdad. Después de recibir el don del Espíritu Santo, la persona que guarda sus convenios tiene derecho a la compañía constante del Espíritu Santo.

7.5. Entre otras ordenanzas de salvación se hallan la ordenación al Sacerdocio de Melquisedec (para los varones), la investidura del templo y el sellamiento del matrimonio. Esas ordenanzas de salvación también pueden efectuarse de forma vicaria en el templo a favor de personas fallecidas. Las ordenanzas vicarias entran en vigor solo cuando las personas fallecidas las aceptan en el mundo de los espíritus y honran los convenios relacionados con dichas ordenanzas.

7.6. Otras ordenanzas, como participar de la Santa Cena para renovar nuestros convenios bautismales, bendecir a los enfermos, y dar un nombre y una bendición a los niños, también son importantes para nuestro progreso espiritual.

Pasajes de las Escrituras relacionados: Malaquías 4:5–6; Mateo 16:15–19; 1 Pedro 4:6; D. y C. 131:1–4.

Temas relacionados: La Trinidad: El Espíritu Santo; El Plan de Salvación: La vida después de la muerte; La expiación de Jesucristo; El sacerdocio y las llaves del sacerdocio.

Convenios

7.7. Un convenio es un acuerdo sagrado entre Dios y el hombre. Dios establece las condiciones del convenio y nosotros nos comprometemos a hacer lo que Él nos pide. Dios, a Su vez, nos promete ciertas bendiciones por nuestra obediencia (véanse Éxodo 19:5–6; D. y C. 82:10). Si no cumplimos con nuestros convenios, no recibiremos las bendiciones prometidas.

7.8. Todas las ordenanzas de salvación del sacerdocio incluyen convenios. Por ejemplo, hacemos convenios con el Señor por medio del bautismo (véase Mosíah 18:8–10) y los hombres que reciben el Sacerdocio de Melquisedec entran en el juramento y convenio del sacerdocio. Renovamos los convenios que hemos hecho al tomar la Santa Cena.

7.9. Concertamos convenios adicionales cuando recibimos las ordenanzas de salvación de la investidura y el sellamiento del matrimonio en el templo. Nos preparamos para participar en las ordenanzas y hacer convenios en el templo al vivir las normas de dignidad que el Señor ha establecido (véase Salmos 24:3–4). Es esencial que seamos dignos para entrar en el templo, puesto que es literalmente la Casa del Señor; es el lugar más sagrado de todos los sitios de adoración de la tierra.